Publicado: 20 de Octubre de 2017

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO.-Sala Primera, de lo Civil, 538/2017, de 2 de octubre:

 No basta que la esposa haya trabajado y tenga cierta cualificación para dar por cierto que podrá trabajar en un plazo determinado, dada la dificultad que aún existe como consecuencia de la crisis económica y que es mayor de 50 años. Si no existe convicción de que la superación el desequilibrio se va a producir en un plazo determinado es oportuno fijar la pensión compensatoria con carácter indefinido, pudiendo solicitar una modificación de medidas si no se busca salir del mismo