Publicado: 10 de Octubre de 2016

ABUELOS.- DERECHO DE VISITAS y el INTERES DE LOS MENORES.-

 La reanudación de una mínima relación entre abuela y nietos -dos horas al mes en el punto de encuentro- no puede estimarse en principio perjudicial para los menores, sino más bien lo contrario según el informe técnico a que se ha hecho referencia, sin perjuicio del necesario control sobre la evolución de la nueva situación creada. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO 20/09/2016