Publicado: 25 de Septiembre de 2015

El Tribunal Supremo establece que la discrepancia de los padres no excluye la custodia compartida de los hijos

La sentencia subraya que en este caso con el sistema de custodia compartida "se fomenta la integración de los menores con ambos padres, evitando desequilibrios en los tiempos de presencia" y "se evita el sentimiento de pérdida”