Publicado: 13 de Diciembre de 2015

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, Sala Primera, de lo civil de fecha 30 de Octubre de 2015 afirma que: "...No se extingue la atribución del uso de la vivienda propiedad de la madre del esposo, otorgado a la esposa a hija, pues no ha habido cambio de circunstancias y aquella puede recuperarla mediante el ejercicio de la acción por desahucio por precario.."