Publicado: 5 de Febrero de 2019
STS 49/2019 - ECLI: ES:TS:2019:49-Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Fecha: 17/01/2019
CUSTODIA COMPARTIDA, EFECTO ALIMENTOS; CADA SENTENCIA SE REFIERE A UNA SITUACION FAMILIAR CONCRETA; EFECTOS RETROACTIVOS DE LA PRIMERA RESOLUCION, SUPUESTO DE MEDIDAS PROVISIONALES AUMENTADAS EN LA APELACION PRINCIPALSon muy numerosas la sentencias que esta sala ha dictado para resolver sobre el establecimiento o no de un sistema de custodia compartida de los hijos menores de edad, siempre atendiendo al interés prioritario del menor; pero lógicamente cada una de ellas se refiere a la situación familiar concreta que se da en cada supuesto. ...dos supuestos distintos: aquel en que la pensión se instaura por primera vez y aquel en el que existe una pensión alimenticia ya declarada (y por tanto, que ha venido siendo percibida por los hijos menores) y lo que se discute es la modificación de la cuantía (...). En el primer caso debe estarse a la doctrina sentada en sentencias de 14 de junio 2011, 26 de octubre 2011 y 4 de diciembre 2013, según la cual "debe aplicarse a la reclamación de alimentos por hijos menores de edad en situaciones de crisis del matrimonio o de la pareja no casada la regla contenida en el art. 148.1 CC, de modo que, en caso de reclamación judicial, dichos alimentos deben prestarse por el progenitor deudor desde el momento de la interposición de la demanda"