Publicado: 20 de Julio de 2021
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Vox contra el real decreto por el que el Gobierno declaró el primer estado de alarma, que entró en vigor el 14 de marzo de 2020. Con una mayoría de 6 a 5 magistrados, el alto tribunal declara inconstitucional la limitación del desplazamiento de personas y vehículos que fijaba la norma, así como la capacidad del ministerio de Sanidad para modificar y ampliar las medidas de contención en la actividad comercial.
El TC justifica que debió imponerse estado de excepción porque la gravedad de la pandemia afectó al orden público.
Esta afectación al orden público es una de las claves de la sentencia que declara inconstitucional algunos de los puntos de la declaración del estado de alarma que entró en vigor el 14 de marzo de 2020, una vez declarada la pandemia mundial, lo que tuvo como consecuencia el confinamiento general de la población con algunas excepciones.
Es precisamente este nivel alto de restricción de derechos el punto en el que pivota toda la sentencia.
Para el Constitucional, la alarma sirve tanto para resolver conflictos 'político-sociales' (como el de los controladores de vuelo, militarizando su organización y su estatuto jurídico, en diciembre de 2010); como para afrontar circunstancias naturales, como una epidemia 'de dimensiones desconocidas y, desde luego, imprevisibles'.
En cuanto a sus efectos, si la alarma permite "confinar a los ciudadanos y restringir la actividad de los comercios, escuelas e industrias, vaciando de contenido algunos derechos para gran parte -la mayoría- de la población, porque no existe una suspensión formal, sino una mera limitación, por intensa que sea, se estaría violentando la distinción constitucional y convirtiendo la alarma en un sucedáneo de la excepción, pero no sometida a la previa autorización parlamentaria", insiste. De lo contrario, añade la resolución, se estaría "utilizando la alarma como temían algunos constituyentes, 'para limitar derechos sin decirlo".