Publicado: 9 de Octubre de 2017

PRESTACIÓN ALIMENTOS. MENOR DE EDAD. Suspensión de la obligación de prestar alimentos a la hija menor, por padecer la madre obligada una situación de pobreza absoluta. Esta situación no puede suponer la supresión de la obligación de la madre de prestar alimentos a la hija menor, pero sí su suspensión hasta que se encuentre en condiciones de prestarla para los gastos más imprescindibles.