Publicado: 31 de Mayo de 2018

La Audiencia de Alicante impone nueve meses de prisión a un hombre que envió dos emoticonos -una cara y una mano con el pulgar hacia arriba- a su expareja con la que tenía prohibido comunicarse tras ser condenado por acoso. El hombre fue condenado en noviembre de 2017 por un Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Denia por un delito acoso. En la pena, que se acordó tras una conformidad entre las partes, se le impuso la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de su expareja o de comunicarse con ella por cualquier medio durante ocho meses. Seis días después de esta condena por acoso, el hombre se saltó la prohibición y fue condenado de nuevo, esta vez por quebrantamiento.

Pese a ello, la semana siguiente le envió a la víctima un emoticono de una cara y otro de una mano con el pulgar hacia arriba, a través de la aplicación de mensajería instantánea, Messenger, de la red social Facebook.

 Pese a ello, la semana siguiente le envió a la víctima un  emoticono de una cara y otro de una mano con el pulgar hacia arriba, a través de la aplicación de mensajería instantánea, Messenger, de la red social Facebook.