Publicado: 25 de Septiembre de 2015
El Tribunal Supremo establece que la discrepancia de los padres no excluye la custodia compartida de los hijos
La sentencia subraya que en este caso con el sistema de custodia compartida "se fomenta la integración de los menores con ambos padres, evitando desequilibrios en los tiempos de presencia" y "se evita el sentimiento de pérdida”