Condena de prisión por intentar comunicarse con expareja a través de amigas.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a siete meses de prisión de un hombre que envió mensajes a amigas de su expareja para que ella retirara una denuncia contra él.
La Sala de lo Penal considera que comunicarse con una expareja a través de terceras personas también puede constituir un quebrantamiento de la orden de alejamiento. En este caso, el acusado se dirigió a dos amigas de su expareja para que le transmitieran mensajes que instaban a «dejar sin efecto» la orden de protección dictada por un juzgado.
El alto tribunal subraya que la prohibición de comunicación establecida junto con la orden de alejamiento incluye cualquier forma de contacto, directa o indirecta, como ocurrió en este caso. En la sentencia, que estima el recurso de casación de la Fiscalía, se afirma que «es evidente» que estos hechos constituyen «un acto de comunicación»

