Publicado: 28 de Febrero de 2021

EXTINCION DE LA PENSION DE ALIMENTOS A HIJA MAYOR DE EDAD POR FALTA DE RELACION CON EL PROGENITOR:

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra ha declarado en su sentencia 769/2020, de 27 de octubre, la extinción de la pensión de alimentos a razón de la “absoluta falta de relación” entre padre e hija (ya mayor de edad) por voluntad y elección exclusiva de esta última.